Los titulares de los apartamentos del complejo constituyen colectivamente el Consejo General de Titulares (Consejo). El Consejo constituye la autoridad suprema sobre la administración de nuestro condominio, sometido al Régimen de Propiedad Horizontal. Sus resoluciones y acuerdos serán de ineludible cumplimiento por todos y cada uno de los titulares, ocupantes o residentes y demás personas que se relacionen con el condominio.
Cada año le corresponde al Consejo elegir, por voto de la mayoría, las personas que ocuparán por el término de un año los puestos de la Junta de Directores y de Agente Administrador General. También le corresponde remover al Agente Administrador General, en caso de reclamaciones en su contra, por acuerdo mayoritario en reunión extraordinaria convocada al efecto.
También le corresponde al Consejo administrar el complejo, aprobar el plan de gastos e ingresos presupuestados, establecer y cobrar las cuotas de mantenimiento mensuales, aprobar y recaudar fondos para la ejecución de obras extraordinarias y mejoras de áreas comunes, aprobar y enmendar el Reglamento, y llevar el Libro de Propietarios con nombre, datos y firma de los propietarios (así como sucesivas transferencias o arrendamientos).